Los sujetos obligados deberán publicar y actualizar la información tanto de los programas de comunicación social o equivalente que de acuerdo con la normatividad aplicable deban elaborar.
Además incluirán un hipervínculo a la información publicada por la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía, adscrita a la Secretaría de Gobernación, relacionada con la publicidad oficial que se difunde en los espacios a los que accedan y utilicen los sujetos obligados de manera gratuita en todos los medios de comunicación, es decir, los Tiempos Oficiales, que pueden ser: por tiempo de Estado y tiempo fiscal. En dicha información se deberá especificar el tipo de medio utilizado, la información relativa a los proveedores, órdenes de inserción, así como contratos celebrados por todo tipo de servicio.
FRACCIÓN XXIII | PERIODICIDAD |
23a. Programa de Comunicación Social | Anual |
23b. Erogación de recursos por contratación de servicios de impresión, difusión y publicidad | Trimestral |
23c. Utilización de los Tiempos Oficiales: tiempo de Estado y tiempo fiscal | Trimestral |
23d. Mensaje e hipervínculo a la información relacionada con los Tiempos Oficiales | Trimestral |